Sin embargo esto desembocó en que los recibos de muchos servicios de los trabajadores aumenten de costo, así como los horarios laborales, lo cuales ya sobrepasan en muchos de los casos los establecidos por la ley.
De acuerdo a una reforma emitida por la Cámara de Diputados, ahora las empresas o empleadores deberán cubrir los gastos generados por el uso del internet doméstico así como de parte del recibo de la luz entre otros.
Dicha reforma atiende a las quejas de los empleados quienes exigieron el cumplimiento de sus derechos laborales, por lo que ya fue enviada al Senado de la República para ser avalada y se aplique posteriormente.
El dictamen emitido por la Cámara de Diputados establece que la «oficina en casa», en español, es cualquier trabajo que se lleva a cabo en un lugar distinto a los establecidos por el patrón, eliminando la necesidad de presencia física del empleado. No será considerado home office aquellas actividades que se lleven a cabo de manera esporádica o no consecutiva.
Será considerado como home office cuando el 40% de las actividades laborales se llevan a cabo fuera del lugar de trabajo, además la forma en la que se llevará a cabo el trabajo deberá estar sentado en un contrato que tanto empleado como patrón deberán tener.
Los empleadores tienen la obligación de proveer, monter y dar mantenimiento a los equipos que el empleado requiera para desempeñar sus funciones, tal es el caso de una computadora, silla para oficina, impresora y demás insumos. También deberá cubrir el pago de servicios como internet así como parte del consumo eléctrico correspondiente a sus actividades.
Uno de los rubros más importantes radica en el cumplimiento puntual de la jornada laboral, el patrón deberá procurar en la igualdad del ejercicio del trabajo y la vida personal del empleado con perspectiva de género. Por ello se tendrá que establecer horarios de trabajo justo y la desconexión total de los mismos cuando terminen.